La Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal ratificó la prisión preventiva a María Luisa (Mary Louise) Ventura Garrido, quien enfrenta cargos por homicidio contra la bailarina y actriz Patricia Antonia Ascuasiati.
El tribunal desestimó el recurso interpuesto por la defensa de la encartada y acogió la petición del Ministerio Público que estuvo representado por la procuradora de corte Diomerys Soto Valdez y José Andrés Fernández Javier, fiscalizador en funciones de procurador fiscal asistente.
El Ministerio Público demostró que debe mantenerse la medida de coerción de prisión preventiva en contra de la encartada para garantizar su presencia en el proceso por la muerte de Ascuasiati.
Los jueces Mateo Cepeda Martínez, presidente; Yocelin Carlo Peña y Bartolomé Michael Castillo, ratificaron la prisión preventiva que cumple Ventura en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, acusada de violar los artículos 295 y 304 del Código Penal.
Ascuasiati Domínguez falleció en un centro de salud de Santo Domingo varios días después de que fuera atropellada por la imputada, alrededor de las 4:00 de la tarde del pasado 15 de febrero, a la altura del kilómetro 40 de la Autopista Duarte, municipio Villa Altagracia, en dirección norte-sur.
El hecho
La Fiscalía de Villa Altagracia precisa que ambas se desplazaban a bordo de un automóvil, color blanco, conducido por Ventura Garrido, quien, al detenerse a la derecha, sobre la referida autopista, atropelló intencionalmente a Ascuasiati.
La víctima le habría exigido a la imputada que detuviera el vehículo a la derecha con la finalidad de conducir el resto del trayecto hacia Santo Domingo, ya que estaba conduciendo de manera temeraria, señala la solicitud de coerción presentada por la Fiscalía.
Habían solicitado variación de la prisión
El pasado mes, el Juzgado de Atención Permanente de San Cristóbal le impuso tres meses de prisión preventiva a Mary Louise, siendo fijada la revisión obligatoria de la medida para el próximo 7 de junio. Sus abogados solicitaron que el tribunal varíe la medida y le imponga la presentación periódica, el impedimento de salida del país o el arresto domiciliario.
Tomado de El Caribe